Para general conocimiento se hace saber que durante el mes de abril de 2018 se desarrollarán los principales actos populares organizados por el Ayuntamiento de la Villa de Tegueste con motivo de la celebración de las Fiestas de la Romería en honor a San Marcos Evangelista.
De acuerdo con lo previsto en el art. 50 de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, se hace saber que durante dicho período y en los horarios que para acto se establezcan en el programa de las fiestas quedará suspendida provisionalmente la aplicación de la normativa que regula los objetivos de calidad acústica en las áreas urbanizadas en las que se celebrarán los diferentes eventos públicos en los que se permite la participación popular, de conformidad con las previsiones del artículo 9 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en el Anexo II del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Especialmente se advierte que los diferentes actos populares que se celebrarán en espacios públicos abiertos a la libre concurrencia tendrán los siguientes horarios de finalización aprobados por la Junta Local de Seguridad el día 23.02.2018:
. 13 de abril (Pregón de las Fiestas): 01:30 horas del día siguiente.
. 14 de abril (Concierto): 02:00 horas del día siguiente.
. 20 de abril (Festival): 01:00 horas del día siguiente.
. 21 de abril (Gala de elección de La Romera): 02:30 horas del día siguiente.
. 25 de abril (Día de San Marcos): 24:00 horas.
. 27 de abril (Festival 7 Islas): 03:30, horas del día siguiente.
. 28 de abril ((Ofrenda y verbena): 03:30 horas del día siguiente.
. 29 de abril (Romería): 01:00 horas del día siguiente.
. 30 de abril (Día del Carretero): 02,00 horas del día siguiente.
. 4 de mayo (Fiesta de Jóvenes): 01:30 horas del día siguiente.
. 5 de mayo (Baile de Magos): 06:00 horas del día siguiente.
Teniendo en cuenta la importante aglomeración de vecinos, vecinas y visitantes que se producirá especialmente el día 29 de abril de 2018 con motivo de celebración de la ROMERÍA DE SAN MARCOS EVANGELISTA, evento representativo de la vida rural y el costumbrismo de nuestra isla, profundamente arraigado en esta Villa y, sobre todo, la necesidad de evitar actos y comportamientos incívicos que deterioran las tradiciones culturales del municipio, las relaciones de convivencia y el uso de los servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones y espacios públicos, esta Alcaldía, en ejercicio de la competencia que le atribuye el art. 84.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, recuerda a la vecindad y a cuantos nos visiten las siguientes normas y prohibiciones establecidas en la Ordenanza municipal de Convivencia Ciudadana, Protección del Medio Ambiente, Policía y Buen Gobierno:
-Las personas deberán observar el debido civismo y compostura en la vía pública.
-Quien causare daños o desperfectos a los bienes públicos, las plantas, el mobiliario urbano o cualquier otro elemento existente en los lugares públicos vendrá obligado a reparar el daño causado abonando la indemnización correspondiente, con independencia de la sanción a que pudiera dar lugar el uso inadecuado de los mismos.
-En la utilización de los parques, jardines, plazas y demás espacios públicos deberán respetarse las instrucciones que al efecto figuren en los indicadores, carteles, rótulos y señales correspondientes.
-Está prohibido encender fuego en lugares que no estén expresamente autorizados y no tengan instalaciones adecuadas para ello.
-Durante la Romería los grupos y asociaciones de carreteros seguirán las instrucciones de seguridad contempladas en el Plan de Autoprotección en relación con el lanzamiento de alimentos sobre el público para evitar que con tal práctica se puedan ocasionar lesiones a las personas.
A los efectos oportunos se advierte que la infracción de las normas establecidas anteriormente será denunciada por los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y sancionada por esta Alcaldía con multas que oscilarán entre 30 € y 300 €. Sin perjuicio de ello, también serán sancionadas las infracciones a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
Por razones de seguridad vial, movilidad y de fluidez de la circulación así como por la peligrosidad intrínseca de la carga de ciertos vehículos, se establecen las siguientes medidas especiales de regulación de tráfico por las vías urbanas municipales: los días 28, 29 y 30 de abril de 2018 entre las 11 y las 24 horas quedará prohibida la circulación de vehículos con peso superior a 3.500 de masa máxima autorizada por las vías en las que se celebran las fiestas.
Igualmente por motivos de seguridad, el domingo 29 de abril de 2018 a partir de las 10:00 horas quedará prohibida la circulación de vehículos particulares en el interior del recinto de las fiestas. Esta restricción se mantendrá hasta la finalización de los actos festivos.
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