El Ayuntamiento de la Villa de Tegueste remarca la existencia de una normativa específica que pretende garantizar la buena convivencia de los vecinos y vecinas del municipio que tienen una mascota.
Las quejas vecinales por la presencia excesiva de tanto de excrementos como de orines de mascotas en las calles, así como las molestias manifestadas por los habitantes de algunos edificios en el término municipal, haciendo referencia a los ladridos y ruidos de los animales que no permiten el descanso, se han incrementado considerablemente en las últimas fechas.
El consistorio local recuerda que la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales (BOP nº16 del 5 de febrero de 2003) tiene como objetivo, entre otros, hacer visible la responsabilidad de los propietarios y propietarias de las mascotas tanto en las obligaciones de recogida de excrementos (artículo 8), como en que no ocasionen molestias en el vecindario (artículo 4).
También se debe prestar especial atención a la hora de no permitir a las mascotas orinar en cualquier lugar, sobre todo en las paredes pertenecientes a domicilios, puesto que originan molestias a los residentes y en el mobiliario urbano del municipio que afectan a los usuarios.
En este sentido, se especifica que “las personas poseedoras de animales de compañía, además de cumplir todas las obligaciones previstas en la presente ordenanza y las derivadas de la legislación en vigor, deberán asegurarse de que sus animales no ocasionen molestias al vecindario”.
En el caso de que “existan animales que ocasionen molestias al vecindario o perturben de forma reiterada la tranquilidad y descanso de los vecinos, los servicios correspondientes del Ayuntamiento de Tegueste lo comunicarán al poseedor o propietario del mismo con el fin de que adopte las medidas que sean necesarias para solucionar el problema, pudiendo proceder a la confiscación de aquellos animales de compañía que manifestasen síntomas de un comportamiento agresivo y peligroso para las personas o cosas, o los que perturben de forma reiterada la tranquilidad y descanso de los vecinos”.
Por último, también el texto recoge que “el consistorio puede sancionar con multas por no recoger las deposiciones caninas que se dejan abandonadas en la vía” que oscilan entre los 30 y los 1.500 euros, tal y como se especifica en la Ordenanza sobre convivencia ciudadana, protección del medio ambiente, policía y buen gobierno.
Fuente: Ayto. de Tegueste