El Consorcio de Tributos de Tenerife ha suspendido todas las notificaciones que impliquen la presencia física del contribuyente
El Ayuntamiento de Tegueste recuerda que se han modificado los plazos de pago de las liquidaciones de cobro periódico por recibo, es decir, de las tasas municipales. El aplazamiento de la fecha de finalización de este trámite se establecerá en conformidad al periodo de duración del estado de alarma instaurado por el Gobierno central.
Nuevos plazos de pago de tasas municipales
La corporación local indica que se extienden los plazos de pago en periodo voluntario y ejecutivo hasta el día 30 de abril para aquellas notificadas antes del día 18 de marzo y hasta el 20 de mayo para las notificadas a partir del día 18 de marzo.
En relación a los pagos relativos a los padrones de tributos periódicos en periodo voluntario, todos los plazos que coincidan, total o parcialmente, con el periodo de duración del estado de alarma quedan ampliados hasta una fecha aún sin determinar, no anterior al día 20 de julio, pudiendo ser posterior si así lo exigen las circunstancias sobrevenidas.
La alcaldesa de Tegueste, Ana Rosa Mena, afirma que “la misión del Ayuntamientos como institución es facilitar a nuestros vecinos las gestiones y trámites que puedan implicar algún tipo de dificultad. En momentos de complejidad y alarma, como los que estamos experimentando, son esenciales medidas que permitan aliviar la economía familiar”.
Nuevos plazos para interponer recursos
Desde la corporación se informa de que, además, se han establecido los nuevos plazos para interponer recursos, así como para las contestaciones de requerimientos y comunicaciones sobre los pagos municipales.
El plazo de un mes para interponer recursos comenzará a partir del 1 de mayo para aquellos actos notificados a partir del día 14 de marzo, o que, notificados antes de tal fecha, el plazo concedido aún no hubiera concluido a fecha 14 de marzo.
De otra parte, los plazos fijados para atender requerimientos y/o comunicaciones quedan ampliados hasta el 30 de abril para los plazos concedidos hasta el 18 de marzo y para el día 20 de mayo para aquellos concedidos a partir del día 18 de marzo. No obstante, si el interesado se diera por notificado y respondiese al requerimiento o comunicación durante tales períodos, se considerará efectuado el trámite a todos los efectos.
Por último, el Consorcio de Tributos de Tenerife establece que “se ampliarán los periodos de pago voluntarios y se suspenderán todas la notificaciones que pudieran fomentar que los contribuyentes necesiten acudir a solicitar información, así como las notificaciones de requerimiento de presentación de documentación, salvo aquellas que sean necesarias efectuar al tener un plazo inminente de prescripción u otro plazo preclusivo”. A esta medida se suma la suspensión de los procesos masivos de recaudación ejecutiva, como los embargos de cuentas corrientes
En este sentido, el Ayuntamiento de Tegueste recuerda a la población que, atendiendo a la información ofrecida por el Consorcio de Tributos de Tenerife, no se tramitarán liquidaciones individuales de los tributos gestionados por este órgano tributario. Esto implica al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) e Impuesto sobre el Valor de los Terreno de Naturaleza Urbana.
Fuente: Ayto. de Tegueste